El Derecho de Protección de Datos Personales
DOI:
https://doi.org/10.36796/biolex.v0i23.194Palabras clave:
Datos personales, Intimidad, Protección, Nuevas tecnologías, ReconocimientoResumen
En el documento se plasma la nueva dimensión otorgada a los Datos Personales, a partir de diversas reformas constitucionales y disposiciones legales relacionadas con los sistemas locales y nacional en materia de Transparencia y Protección de Datos Personales, que responsabiliza a los sujetos obligados, a transitar de un concepto de Gestión de Datos Personales (GDP) al de un Sistema de Gestión de Protección de Datos Personales (SGPDP), integrado a las políticas de la transparencia, acceso a la información, derecho a la verdad, privacidad, intimidad, autodeterminación informativa, libertad personal, dignidad humana, interés público, límites al estado y memoria colectiva, lo que conlleva obligaciones de carácter humano, materiales, administrativas, tecnológicas y de estructura organizacional de alto nivel, entre ellas, el minimizar los riesgos por discrecionalidad, desconocimiento y abuso de poder en el tratamiento y transferencias de Datos Personales durante el proceso de implementación de los Sistema de Gestión de Protección de Datos Personales Institucionales (SGPDPI) especialmente en las épocas de transición, por relevos de personal, trienios o sexenales.
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