Control de convencionalidad
DOI:
https://doi.org/10.36796/biolex.v17i0.32Palabras clave:
derecho comparado, corteResumen
El “control de convencionalidad” es un mecanismo que debe ser llevado a cabo, primero por los cuerpos judiciales domésticos, haciendo una 'comparación' entre el derecho local y el supranacional conocido como control difuso, a fin de velar por el efecto útil de los instrumentos internacionales, sea que surja de los tratados, del ius cogens o de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; y luego esa tarea debe ser ejercida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos si es que el caso llega a sus estrados, este último mecanismo se denomina control concentrado. Uno de sus principios fundamentales lo constituye el objeto mismo de este mecanismo, los derechos humanos, también integran estos principios los sujetos pasivos y activos siendo los primeros los estados firmantes de los tratados internacionales mientras que los gobernados constituyen los segundos, además de los principios mismos de un Estado de Derecho.
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